
REGLAMENTO PARA LA GESTIÓN DE CITACIONES JUDICIALES
Con la finalidad de establecer las normas que regulan la gestión de citaciones en todas las materias, el 10 de junio de 2020, el Consejo Nacional de la Judicatura emitió el Reglamento para la gestión de citaciones judiciales, en el cual se determina el procedimiento y el tiempo dentro del que deben efectuarse las mismas.
De forma general, el referido reglamento desarrolla una definición de los cargos de jefe de citaciones, citador, oficina de citaciones, las formas de realizar la citación, la fe pública y del perímetro de gratuidad de las citaciones, en torno al tópico principal a desarrollar, esto es, el procedimiento para la citación.
Procedimiento y tiempos:
- Una vez calificada la demanda y ejecutoriado el auto respectivo, en el término de 3 días el actor adjuntará los documentos necesarios y el formulario de entrega de copias para la citación.
- En un término máximo de 1 día, deberá constar una razón en el SATJE, con la fecha de recepción de los documentos y el formulario respectivo. Se exceptúan las citaciones que deben realizarse de manera inmediata.
- En el término de 2 días, después de sentada la razón, los ayudantes judiciales deberán elaborar las boletas correspondientes, para que el secretario se cerciore de que las mismas cumplan con los requisitos correspondientes, las suscriba y, en el término de 2 días, las entregue al delegado de citaciones.
- *Se exceptúan acciones constitucionales y las demás en la que la ley disponga plazo o términos diferentes.
- El delegado de citaciones revisará que la documentación esté completa, en caso de no ser así, la devolverá al secretario, para que, en el término de 1 día, se la complete. Si los documentos están correctos, el delegado, en el término de 1 día entregará al citador o servidor judicial para que proceda con la diligencia de citación conforme las rutas establecidas.
- La citación deberá realizarse en un término máximo de 15 días desde la recepción de las boletas.
- Los citadores, concluida la diligencia, deben suscribir el acta de citación, en el término de 1 día.
- El acta, se enviará automáticamente al histórico judicial del proceso, a través del SATJE. En el caso, de no contar con un medio tecnológico, se devolverá físicamente a la dependencia judicial con el formato de Recepción de Documentación, en el término de 1 día de practicada la diligencia de la citación.
- En caso de que la diligencia tenga como resultado un “Acta de Citación no realizada” el delegado responsable deberá remitir las boletas físicas de citación a los secretarios, en el término de un 1 día desde que se generó la misma.
- Finalmente, en el término de 2 días el secretario anexará el acta de citación al expediente físico o digital y sentará la respectiva “Razón de citación”.
Tiempo total para que conste un acta en el proceso: 27 días.
Deberes y Responsabilidades:
- Delegado o Responsable Citaciones: Recibir las boletas de citaciones emitidas por el secretario; devolver al secretario la documentación errónea para la enmienda correspondiente; entregar al citador las boletas de citación para su respectiva gestión.
- Citadores o servidores judiciales: Practicar las citaciones,realizar y suscribir actas de citación, reportar la hoja de ruta con el número de citaciones practicadas; realizar las gestiones de citación óptimas establecidas por la D.N.G.P. y las demás obligaciones que la ley y los reglamentos le impongan.
- Jefes de citaciones: Distribuir el trabajo entre citadores o servidores judiciales mediante el sistema de rotación, vigilar su cumplimiento y distribuir el recorrido de vehículos y rutas. De igual manera, revisar que se haya realizado las actas de citación, informar mensualmente a la D.N.G.P. sobre el número de citaciones practicadas en la provincia a su cargo y notificar sobre las faltas disciplinarias cometidas por su personal.
- Secretarios: Elaborar y suscribir las boletas de citación con los datos correctos, entregar las boletas y recibirlas corregidas, anexar el acta de citación al expediente físico y/o digital y sentar razón de citación en el término previsto.
- Director Provincial: Designar un jefe de citaciones y delegados responsables, coordinar con los jefes de citaciones la entrega oportuna de reportes; velar por la continuidad y buen funcionamiento del proceso de citación y las demás dispuestas por las leyes vigentes y la máxima autoridad.
- Director Nacional de Gestión Procesal: Coordinar la implementación del proceso de citaciones con el personal del C.N.J., dar seguimiento y controlar el cumplimiento y buen funcionamiento del proceso de citaciones a nivel nacional e intervenir en procedimientos disciplinarios.
Nos encontramos vigilantes a que las herramientas físicas y tecnológicas requeridas para el cabal cumplimiento de la resolución en cuestión, se implementen oportunamente.
*A la Resolución 061-2020, se adjuntó como anexos, todos los formularios en ella mencionados. Para acceder a la misma, presionar: http://www.funcionjudicial.gob.ec/www/pdf/resoluciones/2020/061-2020.pdf
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