
NECESIDAD DE UN NUEVO CÓDIGO DEL TRABAJO
Coincide la publicación de este artículo con la celebración, en varios países, del día internacional del trabajo. El trabajo ha sido analizado desde varios aspectos, ámbitos y ciencias: el derecho, la economía, la sociología, la religión, la política, la moral, la sicología, la administración, el mercadeo; en fin, su dimensión es inconmensurable.
Nosotros, nos enfocaremos desde el punto de vista del derecho y en la realidad ecuatoriana, y para ello haremos remembranza del cuerpo legal que lo rige sobre los ámbitos relacionados a lo laboral. El Código del Trabajo fue expedido en el año 1938 durante la dictadura del general Enríquez Gallo pero tuvo sus bases en el movimiento denominado la Revolución Juliana, luego fue concebido y redactado durante la presidencia de Federico Páez. Este Código el cual regula las relaciones laborales individuales y colectivas se mantuvo casi inalterable hasta el año 1992, en que se produjo la mayor reforma, pero enfocándose ésta en la contratación colectiva. Durante la denominada Revolución Ciudadana se llevaron, a través de distintas leyes, varias reformas al Código del Trabajo, especialmente en cuanto a eliminación de: la intermediación y tercerización, el trabajo por horas, el contrato a plazo fijo, el contrato a prueba como autónomo; el permiso de paternidad, establecimiento del salario digno, el despido ineficaz, fijación de límite a las remuneraciones, mensualización de los décimos, entre otras.
Caracteriza a nuestra legislación laboral su dispersión, incoherencia, anacronismo. A fin de promover la generación del trabajo como fuente de creación de riqueza, el impulso del sector privado, la adaptación a las nuevas realidades, dinámicas y tecnologías (robótica, inteligencia artificial, data mining, internet de las cosas, computación cuántica), el respeto al ser humano y sus derechos fundamentales, el aspecto colaborativo de las relaciones laborales, las particularidades de los distintos sectores productivos, se requiere de un nuevo Código del Trabajo.
El Gobierno, dada la etapa de transición en la que nos encontramos inmersos, las altas tasas de desempleo (4%), subempleo (19.4%) y empleo inadecuado (60.04%) tiene el deber de conjugar esfuerzos dispersos y convocar a un diálogo que incluya a distintos actores sociales para la consecución un nuevo cuerpo normativo laboral -no debe enfocarse en muchos objetivos-, si lo consigue será un legado de suma relevancia para la Patria.
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Galo Terán
Quevedo & Ponce
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