Las sentencias, laudos arbitrales y actas de mediación expedidos en el extranjero para que sean ejecutables en el Ecuador requieren de la homologación judicial emitida por la Sala competente de la Corte Provincial de Justicia del Ecuador, sin que proceda su revisión sobre el asunto de fondo, objeto del proceso en que se dictaron.
En materia de niñez y adolescencia, se aplicará aquello que...Leer más