Normas para la aplicación de la Decisión 608 de la CAN
El pasado mes de marzo, el Presidente de la República, Econ. Rafael Correa Delgado, firmó el Decreto Ejecutivo No. 1614, publicado el 27 de marzo de 2009 en el Registro Oficial No.558.
El antes mencionado Decreto Ejecutivo, establece la aplicación de la Decisión 608 de la Comisión de la Comunidad Andina. Siendo así que hasta que la Ley de Competencia sea aprobada por la Asamblea Nacional, será esta Decisión, el marco legal establecido para que la libre competencia sea regulada, evitando de esta manera los comportamientos lesivos o contraproducentes de los operadores económicos a la misma.
Las normas para la aplicación de la Decisión 608 de la CAN, se basan en la no discriminación, transparencia y el debido proceso.
La Decisión prohíbe y sanciona las conductas restrictivas de la libre competencia practicadas en el territorio de uno o más países miembros y cuyos efectos sean en uno o más países de la Comunidad.
También sanciona las conductas anticompetitivas que afecten al territorio de un país no miembro de la CAN y cuyos efectos sean en dos o más países miembros.


